Un juez de Barcelona ha confirmado la multa de 30.000 euros impuesta en el 2015 a Colon Viviendas Sociedad de Inversión Inmobiliaria y defiende que el acceso a la vivienda "es un elemento básico" y que la administración tiene la obligación de "regularlo de la forma más justa y equitativa". En su sentencia, el titular del juzgado contencioso administrativo 17, incluso alega que la multa podría haber sido mayor, de hasta 90.000 euros, "por lo cual se encuentra absolutamente dentro de los límites legales y no habría nada que objetar si la administración hubiera impuesto una sanción de superior importe".

El juez ha dado la razón a la Agència de l'Habitatge de Catalunya y a la Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona (FAVB) en el contencioso con Colón Viviendas, un fondo de inversión que en el 2013 compró por subasta cuatro promociones de vivienda de alquiler de protección oficial (VPO) en Les Corts, Can Peguera, Porta y Sagrera y suscribió contrato de arrendamiento con personas que no estaban en la lista de espera para acceder a este tipo de viviendas.

La sentencia, contra la que puede interponerse recurso de casación, desestima el recurso de la sociedad inmobiliaria y mantiene la sanción de 30.000 euros impuesta por incumplimiento de la normativa de la ley de vivienda de Catalunya que exige la inscripción previa en el registro de solicitantes de VPO.

CUMPLIR LA LEY

La resolución judicial considera que Colón Viviendas debe cumplir con las obligaciones que impone la ley de vivienda, ya que "en estos tiempos de crisis, el acceso a la vivienda es un elemento básico para muchas familias y es obligación de la administración regularlo de la forma más justa y equitativa posible con el objeto de proporcionar un bien escaso a la mayor cantidad posible de ciudadanos".

Asimismo, el juez considera la alarma social que generó el caso y reconoce que "nos encontramos con que un propietario se salta las normas de adjudicación, concretadas en el registro de solicitantes, más las normas de selección inherentes a la ley, y además, en un número elevado de viviendas como es el caso es evidente que existe repercusión y alarma social".

El caso se remonta a 2013 cuando se vendieron en subasta cuatro promociones de vivienda de protección oficial formadas por 298 pisos y destinadas a jóvenes y personas con riesgo de exclusión social. Se trataba de la venta de viviendas construidas con la modalidad de derecho de superficie por la Fundación Pisos de Alquiler y Regesa, ambas dependientes del Consejo Comarcal del Barcelonès.

CONCURSO PÚBLICO

La operación de venta se realizó mediante concurso público con unas condiciones de salida de 11,35 millones de euros y recibió el visto bueno de los ayuntamientos de Barcelona, Badalona, L'Hospitalet de Llobregat, Santa Coloma de Gramenet y Sant Adrià de Besòs. El gestor de fondos financieros fue el único que se presentó y ganó la subasta por 11,4 millones de euros y Colón Viviendas Sociedad de Inversión Inmobiliaria gestionó directamente la relación con los vecinos.

Según la FAVB, en la web del mercado de valores se valora el negocio con fecha de febrero de 2014 en 18,65 millones de euros, es decir, que la operación inmobiliaria generó en pocos meses una plusvalía de 6,85 millones de euros.

Gracias al aviso de la Asociación 500x20, la FAVB denunció que al menos 60 pisos para menores de 35 años y personas en riesgo de exclusión social sin grandes ingresos y construidos por la entidad pública Regesa se alquilaron a dedo, al haber sido vendido el derecho de superficie de los edificios a una inmobiliaria privada y exigió la reversión de esta venta y el compromiso formal de los partidos presentes en el Ayuntamiento para que no se vendiera ni una vivienda pública más.