Un Juzgado de Logroño ha reconocido a una trabajadora el derecho a elegir la concreción horaria en la reducción de jornada para el cuidado de una menor fuera del sistema de turnos alternos que realizaba como jornada ordinaria, fijando el turno siempre de mañana.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se refiere a la demanda formulada por los Servicios Jurídicos de USO La Rioja contra supermercados Champion, en representación de una trabajadora que prestaba servicios para esta empresa desde junio del 2007, bajo un contrato de trabajo indefinido a tiempo completo.

En el citado fallo, contra el que no cabe recurso, el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño estima la demanda de la trabajadora declarando su derecho a disfrutar de la reducción de jornada laboral por guarda legal en turno de mañana, tal y como reclamaba.

Esta trabajadora tenía una jornada de 40 horas semanales de lunes a sábado, en horario alterno, una semana en turno de mañana y otra en turno de tarde. La demandante había solicitado reducir su jornada a 34 horas semanales y pidió que su prestación de servicios se llevara a cabo en horario fijo.