El Consejo de Ministros aprueba mañana la reforma fiscal que contendrá algunas novedades respecto al borrador redactado anteriormente por el Gobierno, especialmente la elevación del límite exento de indemnización por despido hasta 180.000 euros por año trabajado, frente a los 2.000 euros anunciados.

Desde la aprobación del anteproyecto por parte del Ejecutivo el pasado 20 de junio, Hacienda ha recibido propuestas de distintos sectores, así como de los agentes sociales.

Algunas de ellas han cristalizado en el texto que recibirá mañana el beneplácito del Gobierno.

Posiblemente la medida más polémica fue la relativa a la indemnización por despido, que la reforma fijaba en el límite de 2.000 euros, un umbral que recibió críticas generalizadas.

Incluso el propio ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, cuando explicó esta medida ya avanzó que estaba dispuesto a negociarla.

Finalmente la reforma prevé que el límite exento de indemnización por despido sea de 180.000 euros, lo que supondrá que el 99,9% de los afectados por este supuesto no tenga que tributar.

El anteproyecto de ley declaraba exentas las indemnizaciones que no superaran los 2.000 euros por año trabajado, situación por la que quedaba fuera de esta obligación el 79% de las indemnizaciones por despido.

Otra de las novedades es la elevación al 60% del porcentaje de reducción en el IRPF de los rendimientos de capital inmobiliario derivados del arrendamiento de vivienda, frente al 50% contenido en el anteproyecto de ley.

Este porcentaje del 60%, aplicable a los arrendadores, es el que está vigente con carácter general, que asciende al 100% si el inquilino es menor de 30 años.

El anteproyecto unificaba la reducción del 50% para ambos casos, porcentaje que Hacienda incrementa ahora al 60%.

Dentro del impuesto de sociedades, se establece como novedad que el límite a la compensación de las bases imponibles negativas en este impuesto se calculará sobre la base imponible existente antes de aplicar la nueva reserva de capitalización.

Esto hará posible ampliar el aprovechamiento de este incentivo fiscal al ahorro, que permite a las empresas destinar un 10% de sus beneficios a la citada reserva de capitalización, que no tributará.

Otra variación afecta a los contribuyentes mayores de 65 años, que no tributarán por las plusvalías recibidas por ventas de cualquier tipo de activo, sean inmuebles, acciones o similares, siempre que dicha renta sea utilizada para asegurar un complemento a la pensión.

Asimismo, la reforma incorpora otra novedad al rebajar la exigencia del tiempo de permanencia de los planes individuales de ahorro sistemático de 10 a 5 años.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, sostiene que la reforma fiscal no se había podido acometer hasta ahora por la situación "absolutamente desesperada" de las cuentas públicas.

En su opinión, ahora tiene que servir para dar un "empujón definitivo" a la actividad y al crecimiento económico de España, con la "devolución" al circuito de la economía de 9.000 millones de euros entre 2015 y 2016 por las rebajas en IRPF y Sociedades.

El Gobierno calcula que tendrá un impacto en el aumento del Producto Interior Bruto (PIB) del 0,55% en estos dos años (unos 5.500 millones de euros).