La Fiscalía de Córdoba ha archivado la denuncia de Izquierda Unida (IU) por la jura de bandera civil celebrada el 13 de mayo en Dos Torres al estimar que los hechos «no son constitutivos de delito».

IU acudió al ministerio público al considerar que el acto terminó siendo una exaltación del franquismo y «una humillación a las víctimas» por el homenaje ante la cruz de los caídos. Sin embargo, en el decreto al que ha tenido acceso este periódico, la Fiscalía señala que el acto en el que se desarrollaron los acontecimientos denunciados fue una jura de la bandera nacional («por tanto, de todos los españoles») reconocida en la Constitución, por lo que «en ningún caso dicho acto de homenaje podrá entenderse como constitutivo de infracción alguna».

Por otra parte, apunta que se considera delito «por el hecho de realizarse ante una cruz en cuya placa conmemorativa se incluye la leyenda ‘Señor glorifica a los que cayeron por tu honor y la grandeza de España». Dicha leyenda, se añade en el decreto, «hace referencia, por una parte, a los que cayeron en defensa de una determinada religión (la cristiana) que resulta amparada» por la Constitución y, por otra, «a la grandeza» de España, «patria común e indivisible de todos los españoles» según la Carta Magna, por lo que «tampoco puede entenderse que aludir a la grandeza de la patria pueda ser constitutivo de infracción alguna».

En definitiva, la Fiscalía señala que «de lo expresado no cabe deducir la existencia de ningún tipo de delito, puesto que no se hace referencia a ninguna discriminación ideológica, ni a las víctimas del régimen franquista, ni vulneración alguna de los derechos fundamentales y valores democráticos». Entiende el ministerio público que es «insuficiente para justificar el inicio de una investigación penal» y que es preciso «algo más que la simple sospecha de irregularidad, por cuanto el que no se esté de acuerdo con los hechos realizados no es suficiente para determinar que una conducta pueda ser delictiva». Para la Fiscalía, en este caso «resulta evidente que lo que existe es una diferente interpretación de la norma (ley de memoria histórica de Andalucía), evidentemente con un marcado sentido subjetivo». Por todo, procede al archivo y recuerda a IU que puede acudir al juzgado de Instrucción.