La sección tercera de la Audiencia Provincial ha condenado a J.G.J. por la comisión de un delito de agresión sexual a una menor de 15 años que tuvo lugar en Rute en el año 2012 a la pena de tres años de prisión, al concurrir la "circunstancia eximente incompleta de alteración mental". De hecho, según recoge la sentencia, al ya condenado se le impone también la medida de "internamiento por tiempo de tres años en un centro adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que padece, del que no podrá salir sin autorización del tribunal".

También se le imponen las penas de "prohibición de aproximación a la víctima, a su domicilio o lugar de trabajo en un radio de un kilómetro, o de comunicar con ella por cualquier medio, en todos los casos por tiempo de cuatro años", debiendo indemnizar a la menor "en la cantidad de 600 euros por las lesiones sufridas, y en 7.000 euros por los daños morales causados", además de ser condenado "al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular".