La Gerencia Municipal de Urbanismo hizo público ayer a través del Boletín Oficial de la Provincia las instrucciones relativas a los plazos y modelos de solicitudes de licencia para la ocupación de espacios exteriores con veladores en un documento en el que establece cuáles serán para el ejercicio del 2018 las áreas de ordenación conjunta. En el listado figuran Tendillas y entorno, La Plata-Mármol de Bañuelos, Capitulares y entorno, Corredera-Las Cañas, Agrupación de Cofradías, Ronda de Isasa-Ribera-Cruz del Rastro-E. Romero de Torres, Cardenal Salazar, San Miguel, San Hipólito, San Nicolás, La Trinidad, Entorno Mezquita, Judá Leví, La Luna, Puerta de Almodóvar, Puerta de Sevilla, María la Judía-Dolores Ibarruri, Avenida de Barcelona-La Oca, Avenida Aeropuerto-Antonio Maura-Costa Sol, Zoco, Ollerías-Flor de Olivo e Isla Fuerteventura. Todos los titulares con establecimientos ubicados en estas zonas que deseen ocupar el espacio público para colocar veladores, deberán presentar una solicitud de ocupación antes del 28 de febrero.

Urbanismo establece que para solicitar o renovar una licencia anual, que tienen vigencia por un año completo, hay que presentar solicitud del 1 de octubre al 30 de noviembre del año anterior a la ocupación. Para una de temporada, que tendría validez del 1 de abril y el 31 de octubre, hay que solicitar la licencia del 1 de enero al 28 de febrero. y para las zonas de ordenación conjunta, del 1 al 31 de noviembre del año anterior a la ocupación. Sin embargo, estos plazos no serán efectivos este año. Para contar con una autorización de velador en el 2018, todas las solicitudes de licencia deberán presentarse antes del 28 de febrero. Una vez transcurra el plazo, según Urbanismo, se tramitarán las solicitudes de cada zona en un único procedimiento «y no se garantiza la autorización de terrazas a los establecimientos que no lo hayan solicitado en plazo». Urbanismo recuerda que extinguida la licencia, el titular deberá retirar todos los elementos del velador y no volver a instalarlo.