El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Fundación Córdoba CF contra la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Córdoba que anuló la cesión de suelo del Parque del Canal que el Ayuntamiento hizo a favor de la entidad blanquiverde para la construcción de una ciudad deportiva. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo. El fallo judicial condena al pago de las costas a la fundación del Córdoba CF. La Junta de Gobierno Local tomó ayer conocimiento de esta sentencia, que da la razón a los argumentos esgrimidos por la asesoría jurídica municipal. En definitiva, el Alto tribunal andaluz dice que , interpretando la normativa del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Córdoba, el uso deportivo que se le iba a dar a esos terrenos del Parque del Canal solo pueden ser admisibles en cuanto no supongan restricción sobre el uso público de ese suelo, por lo que la concesión pretendida implicaría la exclusiva utilización del terreno afectado por parte del titular de la misma o de los autorizados por este, «algo que, a la luz de la normativa urbanística no se ajusta a derecho».

La cesión de este suelo a la Fundación Córdoba CF se hizo por parte del anterior gobierno municipal del PP. Renovado el equipo de gobierno tras las elecciones municipales del 2015, el presidente de la Gerencia de Urbanismo, Pedro García, inició los trámite para anular la concesión. Al respecto del fallo judicial, García expresó su «alegría» y recordó que el actual gobierno local «nunca» se opuso a que el Córdoba CF tuviera una ciudad deportiva, pues siempre hubo disposición a facilitarle suelo en otra parte de la ciudad, «pero no que se le regalaran de esa manera los mejores terrenos que tenía la ciudad, porque lo que había detrás era un pelotazo urbanístico del anterior gobierno local con el Córdoba CF, en este caso con la pantalla de la fundación».