El TSJA ha dictado una sentencia que avala los pasos dados por Urbanismo en el conflicto abierto con la cementera Cosmos después del acuerdo adoptado en noviembre del año pasado para iniciar cambios en el PGOU que culminen en la declaración de fuera de ordenación de la fábrica para que lleve a cabo su actividad en otro lugar. La sentencia confirma el auto del 19 de abril del 2016 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3. Aquel auto desestimaba la petición de Cosmos de suspender el acuerdo de Urbanismo del 25 de noviembre del 2015. Ese acuerdo implicaba suspender durante un año «el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas referidas a la implantación de instalaciones que utilicen residuos como combustible alternativo». Esto significa que el TSJA respalda la decisión de Urbanismo de suspender esos permisos durante un año.

El TSJA asume la argumentación del auto impugnado. La sentencia señala que mediante la suspensión como medida cautelar se pretenden evitar situaciones que compliquen la gestión del planeamiento. Además, y al igual que el auto decía, señala que levantar la suspensión de licencias «no supondría» que la cementera «pudiera desarrollar su nueva actividad», ya que, para ello, tendría que tramitarse y resolverse el expediente del permiso que pidió en enero del 2016 para la valorización de biomasa y residuos no peligrosos. Recuerda que desde el 2007, que es desde cuando tiene autorización medioambiental, hasta que pidió la licencia en el 2016, han pasado casi nueve años sin que haya iniciado los trámites para poner en marcha la actividad. El TSJA indica que Cosmos, cuando Urbanismo acordó suspender las licencias, «no estaba en condiciones jurídicas de ejercer la actividad de valoración de biomasa», permiso que pidió el 5 de enero del 2016, y que fue rechazado por Urbanismo.

El fallo judicial asegura, al igual que argumentaba Urbanismo, que «no está acreditada la actualización de la autorización ambiental integrada y pende judicialmente la caducidad de la misma». La sentencia considera que suspender las licencias un año «no causaría los perjuicios que se alegan» y opta, al igual que el auto impugnado, por «la protección de los intereses públicos» frente «a los económicos» de Cosmos. Por último, dice que «no se desprende apariencia de buen derecho de la pretensión actora ni atisbo alguno de desviación de poder». El TSJA condena en costas a Cosmos, aunque el fallo puede recurrise en casación.

Este era uno de los frentes judiciales abiertos en el conflicto que se está abordando en una mesa de trabajo. Hace un mes, el juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 daba la razón a Cosmos obligando al Ayuntamiento a tramitar la licencia que solicitó en enero para la valorización de biomasa, suspendiendo así el acuerdo adoptado por Urbanismo en febrero.