El Tribunal de Cuentas de Andalucía llevó a cabo este verano la fiscalización de las salas de barrio de Almería, Cádiz, Córdoba y Huelva en el año 2013, al observar irregularidades en el método de concesión de subvenciones a este tipo de instalaciones municipales gestionadas por empresas privadas.

El Ayuntamiento, por su parte, solicitó en septiembre al Tribunal de Cuentas el archivo de las diligencias argumentando que no se había producido «ningún efecto negativo» o «perjuicio» para la administración y, en concreto, para el Instituto Municipal de Deportes (Imdeco). En el informe elaborado por el interventor delegado del Imdeco se explica que en el 2000 se inició un proceso de pase a gestión indirecta de las instalaciones deportivas de la ciudad, mediante la figura de la concesión administrativa. En los pliegos de condiciones de todas estas adjudicaciones se incluye la obligación por parte del Imdeco de mantener el equilibrio financiero de la concesión, para lo cual se compensaría económicamente al concesionario por razón de las modificaciones que le ordenase introducir, que incrementarán los costos o disminuirán las retribuciones. Además, se obliga a revisar los precios públicos cuando circunstancias sobrevenidas o imprevisibles determinen, en cualquier sentido, la ruptura de la economía de la concesión.

A finales de noviembre, el Tribunal de Cuentas rechazó las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Córdoba al considerar que los hechos pueden ser constitutivos de «responsabilidad contable por alcance», o dicho de otra manera, una infracción que implica que puede haber un menoscabo en las cuentas públicas, por lo que ha elevado el asunto a la Sección de Enjuiciamiento. El Tribunal de Cuentas sigue considerando que el modo en que los ayuntamientos investigados sufragan el déficit de explotación de esos espacios no es un mecanismo válido puesto que no cumple con los requisitos intrínsecos de una subvención, ya que el dinero público se destina de una manera directa a la concesionaria de estos espacios, mientras que las subvenciones requieren de un proceso de concurrencia pública que puede resultar favorable o no a quien lo solicita. El Ayuntamiento, de hecho, presentó un recurso contra esta resolución. I.M.