Todo el que quiera vender o alquilar un piso o un local debe cumplir un requisito que hasta ahora no se le exigía. Los propietarios deben tener en su poder un certificado de eficiencia energética que han de entregar al comprador y mostrar al inquilino. Esta exigencia viene recogida en el real decreto 235/2013 del 5 de abril y hay que cumplirla desde el 1 de junio. Hasta ahora el certificado de eficiencia energética solo se exigía en obra nueva, por lo que todo bloque o vivienda unifamiliar posterior al 2007 lo posee.

¿Qué es el certificado deeficiencia energética?

El certificado es un documento que evalúa el consumo de energía en un inmueble, es decir, el que se refleja en las facturas de la luz, agua y gas. En él se plasman las características energéticas del edificio, las emisiones de CO2, la calificación que se le da y consejos para optimizar el consumo. El objetivo es ahorrar. A través de este certificado, el piso o local conseguirá una etiqueta con una letra que irá de la A a la G en función del ahorro. Si logra la letra A es que es muy eficiente por lo que el ahorro será mayor, pero si, por el contrario, consigue la G, es poco eficiente, por lo que su dueño o inquilino gastará más. Esta información es importante porque puede influir en los precios y, en igualdad de condiciones en otras variables, ser determinante a la hora de decantarse por un inmueble u otro.

¿Por qué hay que tenerlopara vender o alquilar?

Cuando se cierre una operación de compra--venta ante el notario, el vendedor deberá entregar el certificado de eficiencia energética al comprador junto con las escrituras. En caso de arrendamiento, es obligatorio para contratos de más de cuatro meses y bastará con mostrarlo al futuro inquilino o con entregarle una copia. Será una información más a aportar a la hora de poner en el mercado esa vivienda, por lo que las agencias inmobiliarias y los portales de internet existentes la incorporarán en sus anuncios. Facilitarla es obligación del propietario. La etiqueta debe aparecer en toda oferta, promoción y publicidad.

¿Quién está autorizadopara el informe?

En principio, arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos pero Industria debe publicar una orden que señale qué otros profesionales estarán autorizados. El propietario del piso o local es el que está obligado a encargar el certificado, que también podrá solicitar la comunidad de un bloque.

¿Cuánto cuesta estedocumento?

El coste del certificado de eficiencia energética depende del mercado, por lo que las oscilaciones serán grandes. No hay una cuantía fijada y dependerá del tamaño de la vivienda, local o edificio. En otras ciudades europeas cuesta unos 300 euros para pisos de 100 metros. En España, y según los estudios pedidos por inmobiliarias, los precios varían entre 170 y 250 euros para una vivienda de 70 metros con 3 dormitorios.

¿Qué debo hacer cuandolo tenga?

Tener el certificado de eficiencia energética no basta. Hay que presentarlo en la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta, administración en la que el Gobierno central delega las competencias en esta materia. Hay un registro en el que constará que determinado piso o local tiene su certificado. La Junta tiene encomendado el control, por lo que realizará inspecciones. La validez de este documento es de 10 años, aunque puede actualizarse si algo ha cambiado.

¿Qué pasará si mearriesgo a no tenerlo?

El certificado de eficiencia energética es obligatorio, por lo que no tenerlo conlleva sanciones que van de 300 a 6.000 euros en función de si son leves, graves o muy graves. Leve es, por ejemplo, no mencionar el certificado en la oferta de la vivienda o no renovarlo cuando es necesario. Grave se considera no registrar el documento en la Junta o no entregárselo al futuro comprador o inquilino. Por último, muy grave es no disponer de él siendo obligatorio o falsear información. Hay que tener en cuenta que el documento solo informa pero no obliga a realizar obras, por lo que no tiene por qué suscitar nuevos gastos después.

¿Es lo mismo elcertificado que el IEE?

No. El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es otra obligación que introducirá el Estado en breve y que sustituye a la inspección de edificios. Afecta solo a edificios de más de 50 años de antigüedad, que deberán poseer un informe que evalúe su estado, accesibilidad y eficiencia energética y sí obliga a realizar las obras que hagan falta.

¿Cómo van los primeros días de aplicación?

Confusión es la palabra que los define tanto entre los propietarios obligados a pedir el certificado como entre las inmobiliarias que esperan los datos energéticos de su parque de pisos. Además, proliferan los cursos de los profesionales que elaborarán el documento y ofertas que intentan sacar partido a esta nueva fuente de empleo.