La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la legalidad de la convocatoria de elecciones de la Asociación Provincial de Joyeros y Relojeros de Córdoba, en la sentencia sobre el recurso presentado por María Dolores Serrano contra la sentencia dictada en su momento por el juez de primera instancia.

En la resolución de la Audiencia, el magistrado Antonio Fernández Carrión ratifica dos de los tres puntos de la sentencia que ha dado lugar al recurso. El primero, el que declara que la convocatoria de la asamblea electoral se hizo conforme a lo previsto en los estatutos.

Asimismo da por buena la decisión del juez declarar nulo el acuerdo de la Junta directiva de crear un comité electoral. Este punto, no obstante, fue acordado por ambas partes a lo largo del litigio.

Sin embargo, el juez estima el recurso en la parte en la que la demandante, María Dolores Serrano, indica que no tenía sentido que el jurista se pronunciara sobre la legalidad del voto delegado, cuando sobre eso no iba la demanda presentada. En ese sentido, el juez reconoce que no ha lugar a que el juez se manifestara al respecto.

La sentencia ha sido valorada positivamente por la directiva de la Asociación, que considera que reconoce la legalidad del proceso electoral y por otro lado, "no rechaza el uso del voto delegado", puesto que solo se refiere a que el juez no tenía porqué haberse pronunciado sobre un asunto que no era motivo de la demanda.