La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha manifestado este lunes su rechazo a "cualquier ocupación de viviendas que se realice por la fuerza y fuera de la legalidad vigente", posicionándose así "en defensa de los intereses de aquellas familias que, aún teniendo necesidad de vivienda, cumplen los procedimientos establecidos para el acceso a la vivienda protegida y respetan, por lo tanto, la Ley".

En consecuencia y en un comunicado, la Consejería y su Agencia de Vivienda y Rehabilitación (AVRA) han manifestado su rechazo a la actitud de la Federación de Asociaciones Vecinales Al-Zahara de Córdoba y de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APHD-A), "que han apoyado públicamente la usurpación de viviendas por la fuerza".

De hecho, según se ha señalado desde Fomento y Vivienda, "las sentencias judiciales que han criticado hoy Al-Zahara y APHD-A, que ordenan desahucios de familias que han ocupado viviendas públicas de forma ilegal, están dando cobertura y apoyo a los ciudadanos que, habiendo cumplido con la legalidad, se ven despojados de sus viviendas por la usurpación de las mismas por parte de terceros, que las ocupan por la fuerza".

SENTENCIA

Este el caso de la última sentencia dictada en tal sentido por la Audiencia Provincial de Córdoba, la cual rechaza el recurso interpuesto por los dos condenados a finales del pasado junio, en juicio en primera instancia celebrado como consecuencia de la denuncia presentada en marzo por la familia titular en alquiler de una vivienda en Patio Gabriel Celaya, bloque 11, bajo B, contra quienes la ocuparon ilegalmente.

La familia denunciante había conseguido el traslado de esa vivienda a otra, más adaptada a sus necesidades. Cuando se encontraban en plena mudanza, la vivienda que estaban abandonando, titularidad de AVRA, fue ocupada por terceros, lo que motivó que la familia afectada, que aún estaba en posesión de dicha vivienda, presentara la denuncia contra los usurpadores.

La sentencia de la Audiencia Provincial ratifica en todos sus términos la que emitió el Juzgado de Primera Instancia, indicando que dicha sentencia es "razonable y razonada" y que se ha aplicado correctamente el Código Penal, dado que "los recurrentes ocupan un inmueble ajeno con vocación de permanencia" y "sin consentimiento del dueño del mismo".

Pero además, según ha subrayado la Junta, la sentencia resalta que "la denunciada reconoce estar percibiendo unos 100 euros netos diarios por su trabajo como vendedora ambulante de fruta". Pese a esos ingresos, que permiten el acceso a vivienda en el mercado privado, los condenados "decidieron deliberadamente la ocupación de un inmueble público dedicado a dar techo a las familias más desfavorecidas, con arreglo a baremos objetivos y preestablecidos".

"VELANDO POR LOS DERECHOS DE QUIENES SÍ CUMPLEN"

La Junta de Andalucía, por tanto, "no está vulnerando ningún derecho, sino todo lo contrario, está velando por los derechos de quienes, cumpliendo con la normativa vigente, esperan una vivienda protegida porque sus circunstancias personales no les permiten acceder al mercado privado de alquiler".

Ésta, además, no es la única sentencia que han dictado los tribunales en el mismos sentido durante los últimos meses en Córdoba. Así, "desde julio del pasado año se han sucedido al menos seis sentencias en términos similares o parecidos a la que afecta a la vivienda de Patio Gabriel Celaya 11, a cuyos ocupantes la condena en firme les obliga a desalojar la vivienda, bajo apercibimiento de ser lanzados por la fuerza por el propio Juzgado, si no lo hicieren de forma voluntaria".

En cuanto a la finca situada en la Plaza de la Corredera, que ha sido rehabilitada por AVRA generando nueve viviendas nuevas y un local comercial, la empresa que ha concluido las obras está realizando en la actualidad trabajos de puesta a punto necesarios para obtener la calificación definitiva, que será emitida en los próximos días, una vez estén finalizados dichos trabajos. La entrega de las viviendas a las familias adjudicatarias será posible antes de final de este mes.