La Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía está realizando una campaña para la promoción del acogimiento de menores con necesidades especiales por parte de familias de la provincia de Córdoba. El acogimiento familiar (ver gráfico) es una alternativa de convivencia frente al internamiento residencial, cuando por diversos motivos el niño no puede continuar viviendo con su familia biológica. Es una medida de protección del menor, que se desarrolló juridícamente en Andalucía con una orden del año 2002. A diferencia de la adopción, no tiene como objetivo la sustitución de la familia de origen del menor. Para llevar a la práctica la acogida es imprescindible el compromiso social, la voluntariedad, colaboración y solidaridad de las familias acogedoras. Unos 50 menores están ahora a la espera de una familia de acogida en Córdoba.

El programa de acogimiento familiar presenta diversas modalidades: en familia extensa (cuando exista una relación de cosanguinidad o afinidad de hasta tercer grado con el menor y los solicitantes del acogimiento) o en familia ajena (cuando no existen lazos de parentesco). Teniendo en cuenta la duración y las necesidades del menor, el acogimiento puede ser familiar simple, familiar de urgencia y familiar permanente. La Asociación de Voluntarios de Acción Social (AVAS) de Puente Genil actúa en la provincia como entidad colaboradora de la Administración autonómica en la gestión del programa de acogimiento de menores tutelados por la Junta.

La jefa del Servicio de Protección de Menores de la Delegación de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Soledad Monterde, resalta que "hace un tiempo se solicitó apoyo para el programa de acogimiento de urgencia de menores de 7 años y hubo una respuesta magnífica. Ahora queremos potenciar especialmente el acogimiento profesionalizado de menores con necesidades especiales, que son niños que tienen 7 o más años; que forman parte de un grupo de hermanos; presentan algún tipo de enfermedad grave o discapacidad; que proceden de la inmigración; que han sido víctimas de malos tratos, abusos sexuales o padecen algún trastorno de conducta". Monterde expone que acoger a menores de más de 7 años tiene sus connotaciones, ya que "son niños con una personalidad formada y con vivencias pasadas que la familia de acogida no controla y que pueden definir su carácter, por eso se considera que requieren de unas necesidades especiales".

CAMPAÑA La Junta está desarrollando una campaña específica para fomentar el acogimiento profesionalizado de estos menores. Soledad Monterde precisa que este tipo de acogimiento es aquel que, debido a las especiales circunstancias del menor, requiere contar con una persona con formación en los ámbitos social, sanitario o educativo y/o con experiencia en el área de atención a la infancia, percibiendo por ello una compensación económica. Este acogimiento lo puede llevar a cabo una persona de forma individual o una familia y se requiere disponibilidad necesaria para el cuidado y atención del menor en función de sus necesidades, debiendo contar para esta iniciativa con el apoyo de su núcleo familiar.