La Junta tiene ya un programa de actuación para un ámbito de 3.260 hectáreas en el que está incluido el yacimiento arqueológico de Medina Azahara y parcelaciones como Las Pitas, Córdoba la Vieja y La Gorgoja II. El documento, fruto de tres años de trabajo de la oficina técnica integrada por esta Administración y el Ayuntamiento, clarifica algo más el futuro que depara a las 252 viviendas de las tres urbanizaciones que en el 2003 quedaron dentro de la zona BIC. De él se desprende que la Junta descarta dos opciones que se plantearon en la primera comisión de seguimiento de la oficina, celebrada en verano del 2010, que eran comprar y tirar mediante un plan de erradicación y acuerdos económicos o localizar suelo susceptible de clasificación o ya desarrollado para reubicar a los dueños de las viviendas, medidas complejas económica y socialmente. Se inclina más por la tercera opción que había, su integración, aunque la decisión definitiva se aplaza en el tiempo.

La delegados en funciones del Gobierno, Isabel Ambrosio, y de Obras Públicas, Francisco García, expusieron ayer a los vecinos los resultados del trabajo, con el que se da un paso más tras la aprobación en el 2008 del decreto que declaraba el interés público de 10 hectáreas con 29 parcelas para impedir que se edificara. A partir de ahí empezaba un largo proceso, cuyo fin se anunció para el 2009 pero que se ha alargado. Ambrosio aclaraba ayer que entonces ya se dejó claro que no se iba contra los residentes, que "ya estaban allí y formaban parte de la realidad urbanística de la zona", aunque había que frenar su expansión.

Para Las Pitas y Córdoba la Vieja, incluidas en los espacios que se han denominado de transición Sur , el plan propone la elaboración de un informe que evalúe las potestades de actuación de las administraciones teniendo en cuenta el régimen legislativo. Ese informe analizará desde "la erradicación hasta su ordenación urbanística", primando la defensa patrimonial. El Ayuntamiento tendrá mucho que decir. Según García, el Ayuntamiento debe elaborarlo y tener en cuenta la fecha de la construcción de las viviendas y los cambios en la protección. Para ello dispone del inventario realizado.

Mientras eso ocurre, las viviendas que cumplan los requisitos podrán acogerse a la figura del asimilado al fuera de ordenación que prevé el decreto de la Junta sobre las edificaciones en suelo no urbanizable. Esto significa que seguirán manteniendo su situación jurídica de ilegalidad, no podrán realizar obras de ampliación --solo las necesarias para cumplir las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad-- y contar con servicios básicos de forma autónoma. La reforma de la LOUA permite la dotación de servicios de forma provisional mientras llega la resolución que debe emitir el Ayuntamiento, en el que vuelve a caer el futuro de estas edificaciones y la dotación de servicios. No podrán lograr licencia de ocupación, aunque sí tener el reconocimiento de que la edificación puede ser usada. A largo plazo, cuando se desarrollen las actuaciones previstas en el ámbito, se podrá plantear "la integración o no de estos asentamientos en el modelo territorial previsto".