De disconformidad. El informe de la Intervención municipal sobre la solicitud de ampliación del plazo de ejecución de la obra del Centro de Exposiciones, Ferias y Congresos de Córdoba (CEFC) rechaza conceder la que hubiera sido la tercera prórroga a la empresa constructora, Ucop, para concluir la remodelación del antiguo pabellón Miguel Castillejo del Parque Joyero. Intervención desautoriza esta nueva moratoria, que fue solicitada por la constructora con el respaldo de la arquitecta de Urbanismo responsable del contrato, ayer, es decir, el mismo día que concluía la segunda ampliación de plazo concedida por el Ayuntamiento para que Ucop concluyera la obra, algo que debía haber ocurrido, según el proyecto inicial, en junio del 2016.

Es poco probable que el Ayuntamiento levante este duro reparo de Intervención, a pesar de que su propósito inicial era haber concedido esta prórroga, por lo que podrían comenzar las penalizaciones. Previsiblemente también desestimará la solicitud de anulación del contrato realizada por Ucop, que exige al Consistorio 2 millones de euros por sobrecostes de la obra y que el gobierno local no está dispuesto a asumir. Dicho todo esto, el escenario de los tribunales se dibuja de una manera cada vez más clara.

EL INFORME // Intervención basa su negativa a una nueva moratoria en dos aspectos que «podrían poner en riesgo la sostenibilidad financiera del proyecto», en tanto la financiación derivada del convenio con la Diputación está condicionada a la ejecución de la obra. El primero es que la ampliación propuesta por la empresa constructora «no parece tener por finalidad la culminación de la obra» y el segundo, señala el informe, es que «parecen existir indicios de haberse ejecutado unidades de obra que implicarían una modificación del contrato sin haber obtenido autorización para ello, y lo más importante, sin modificar en caso de ser necesario el proyecto de obras aprobado en su día». Intervención insta a la empresa a aclarar esta alegación «ante la gravedad de estos indicios», ya que sostiene haber ejecutado unidades de obra al margen del proyecto por valor de 521.994 euros.

Respecto al primer aspecto, Intervención pone en evidencia la incongruencia de que la empresa solicite el día 19 de enero la resolución del contrato y la subsidiaria declaración de nulidad y, tan solo un día después, presente la solicitud de ampliación del plazo. A juicio del interventor, la Administración concurre en una incongruencia al respaldar la petición de prórroga cuando la empresa reconoce que no terminará el proyecto.

También recuerda que las dos moratorias anteriores se hicieron con su disconformidad y que la dirección facultativa de la obra (los arquitectos del proyecto) advertía de que en dichos aplazamientos «lejos de culminarse la obra· se había producido todo lo contrario: «una baja actividad del contratista». Así, para Intervención es «totalmente contradictorio la concesión de una ampliación del plazo de ejecución a consecuencia de un retraso por causa no imputable al contratista», aduciendo la tramitación de un modificado del proyecto, que no se ha resuelto tres meses después de su solicitud. De este modo, concluye que no puede ignorarse que la concesión de una moratoria tendría consecuencias en el régimen de responsabilidades derivadas de una posible extinción del contrato, «pudiendo esto suponer un perjuicio económico» para el Ayuntamiento de Córdoba.

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