EL GOBIERNO de la Nación, a preguntas del diputado del PSOE por Córdoba Antonio Hurtado, ha negado que se haya dado "ningún tipo de instrucciones, ni criterio, a los registradores de la propiedad para el registro de bienes a nombre de la Iglesia, que se han practicado en el ámbito de sus competencias y aplicando la legislación vigente en el momento en que las inscripciones se produjeron". El Gobierno asegura que para las inscripciones a nombre de la Iglesia se aplicó la legislación vigente en el momento en que se produjeron, es decir, "el artículo 206 del Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la Ley Hipotecaria".