El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de prisión impuesta hace poco menos de dos años por la Audiencia Provincial al doctor Antonio Miguel Bogas Cardeñosa, que fue condenado por recetar y distribuir un producto supuestamente adelgazante cuya composición tenía sustancias nocivas distintas a las declaradas, como clordiazopóxido, diazepán, polvo de tiroides o bumetadina. Las actuaciones administrativas y judiciales comenzaron en noviembre de 1993 tras varias denuncias y fue un juzgado madrileño el que acordó inmovilizar el producto.

Fuentes judiciales consultadas por este diario ratificaron que el médico deberá cumplir cuatro años y tres meses de cárcel. El Alto Tribunal ha rebajado los tres años de prisión que la Audiencia le imponía por un delito continuado contra la salud pública y los ha dejado en dos años y medio, ya que entiende que "no es posible la continuidad delictiva de este tipo de comportamientos". Además, mantiene los tres meses de arresto por desobediencia a la autoridad por comercializar un fármaco supuestamente natural que contenía sustancias prohibidas y respeta también la pena de año y medio de prisión por un delito de lesiones por las secuelas que sufrió María Dolores Azcoytia, la única damnificada que se personó en la causa juzgada en Córdoba.

Precisamente, la indemnización que contemplaba la sentencia de la Audiencia para esta mujer de Cartagena, 49.710 euros, no se ha podido hacer efectiva, debido a que ya el tribunal cordobés declaró la insolvencia del acusado y ahora el Supremo argumenta que el seguro del médico no responde por responsabilidad civil a actos delictivos.