La defensa de José Bretón, que fue condenado a 40 años de prisión por el asesinato en octubre de 2011 de sus dos hijos, de dos y seis años de edad, ha solicitado ahora a la Fiscalía que se fije el límite máximo de cumplimiento de su condena en 25 años.

Así lo ha confirmado a Europa Press la abogada de Bretón, Bárbara Royo, quien ha explicado que la petición de su cliente se sustenta en la aplicación del artículo 76.1 del Código Penal. Este prevé establecer un tiempo máximo de prisión para un condenado, siendo aplicable en casos en los que se cometen varios delitos, que conllevan la imposición de penas elevadas de cárcel y siendo la suma del tiempo a cumplir superior el límite legal establecido, de forma que llega en ocasiones a suponer en la práctica una cadena perpetua, que no está contemplada en la legislación vigente.

Ante este petición de la defensa de Bretón, el fiscal, según ha avanzado 'ABC Córdoba', la ha asumido y le ha dado curso a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, la cual tendrá que dictar un auto resolviendo el asunto y decidir si, de acuerdo a la Ley, a Bretón se le pueden rebajar los 40 años de prisión a los que fue condenado por la muerte de sus dos hijos en la finca familiar de las Quemadillas.

En el caso de Bretón se produce lo que se denomina concurso real de delitos. En este supuesto se considera que hay dos muertes, pero en un mismo acto delictivo. Así, para evitar una pena prolongada, el concurso real tiene un límite que es el triple de la pena más grave y que, en todo caso, es de 20 años de prisión.

Como José Bretón ha sido condenado por dos delitos de asesinato y no por dos homicidios, la privación de libertad, independientemente de la suma de dichas penas (en este caso son 40 años), sería de 25 años, según el análisis de la sentencia realizado por el magistrado y profesor de Derecho Penal Herminio Padilla.

Para la aplicación de esta regla el primer requisito es que deben existir varias acciones, cada una de las cuales constituye un delito. Es necesario que todos los actos delictivos sean cometidos por una misma persona (concurso real), pero no se exige que hayan sido enjuiciados en un solo proceso, pudiendo serlo en distintos, si los hechos, por su conexión o por el momento de su comisión, pudieran haberse enjuiciado en uno sólo.

Este extremo hace que la respuesta a la petición de Bretón dependa de la interpretación que realice el tribunal de cómo ambas muertes estaban unidas, y en la Sección Tercera de la Audiencia, dicen las fuentes consultadas por 'ABC Córdoba', parece no haber duda de que los dos asesinatos están ligados, ya que fueron cometidos simultáneamente por una misma persona.

En España, las personas juzgadas bajo el Código Penal de 1995 pueden pasar un máximo de 20 año en prisión, pero con varias excepciones. La primera es la que atañe a Bretón, ya que en este caso la Ley fija un límite máximo en prisión de 25 años si el condenado ha cometido dos o más delitos y alguno de ellos está castigado con una pena de hasta 20 años.

Los otros supuestos que contempla la Ley tras la reforma de 2003 del Código Penal, y que podrían alargar la pena máxima hasta los 40 años, no se le podrían aplicar a Bretón porque solo es para el supuesto de que el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y al menos dos de ellos estén castigados con una pena de prisión superior a 20 años, y Bretón fue condenado justo a 20 años por cada uno de los asesinatos.

En cualquier caso, la Sección Tercera la Audiencia decidirá a partir de ahora si aplicar o no esta limitación de la condena a un máximo de 25 años, una decisión que podría ser recurrida ante el Tribunal Supremo por la acusación particular, la cual, hasta ahora, no se ha pronunciado sobre la petición de Bretón, aunque sí la conoce.