El documento de la Junta regula la concesión de ayudas tanto para bloques como para viviendas con dos líneas diferentes en cada caso, una dirigida a financiar obras de conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad y otra para la mejora de la eficiencia energética. La cuantía general de la subvención asciende al 40% del presupuesto.

En el caso de los bloques, los ingresos de las comunidades solicitantes no deben superar los 5,5 veces el Iprem (al menos, en la mitad de las viviendas) y los bloques han de ser anteriores a 1996 y haber pasado la revisión. Además, el 70% de la superficie construida ha de estar sobre rasante y la mitad de los pisos deben ser domicilio habitual.

La cuantía de la subvención asciende al 40% del presupuesto de la actuación, pero «en aquellas viviendas en las que los ingresos de la unidad de convivencia residente sean inferiores a tres veces el Iprem, o resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años, y se acometan actuaciones para la mejora de la accesibilidad, la subvención, en la parte que corresponda a dicha vivienda, podrá alcanzar la cuantía equivalente al 75%». No obstante, no se podrá superar 3.000 euros por vivienda para actuaciones de conservación; 8.000 en caso de mejora de accesibilidad; y de 14.000 a 17.000 si reside una persona con discapacidad. En caso de mejora de la eficiencia energética, el tope máximo es de 8.000 euros por vivienda, que puede llegar de 12.000 a 16.000 por discapacidad. A las ayudas hay que sumar 1.000 euros si se trata de un Bien de Interés Cultural.

En cuanto a las subvenciones para viviendas, sus propietarios no deben superar las 5,5 veces el Iprem y también deben cumplir el requisito de que sea residencia habitual. La línea de ayudas es la misma que en el caso de los bloques.