El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Córdoba ha condenado a Caixabank a devolver a un cliente del buffete Calabrús Abogados los gastos de notaría, los de registro, y también el importe del impuesto de actos jurídicos documentados, conocido como modelo 600, por la constitución de un préstamo hipotecario. Por primera vez en Córdoba, se declara nula, por abusiva, la cláusula de la escritura que establece que corren a cargo del consumidor los gastos del modelo 600, que oscilan de media entre 2.000 y 4.000 euros, basándose en que «se trata de actuaciones con gran interés para el banco y ninguno para el cliente». Según Miguel Calabrús, el juez establece que «con dichos documentos el banco dispone de un título ejecutivo especial para iniciar actuaciones judiciales en caso de impago y que imponer el pago de estos gastos al cliente resulta abusivo». El demandante deberá recibir del banco 5.649 euros más el 4% de interés anual a partir del año de la constitución de hipoteca. El juez no impone en este caso costas a la condenada por tratarse de una materia novedosa y que las fijará si el banco no devuelve los gastos voluntariamente. Según Calabrús, los gastos de notaría son de media entre 700 y 1.000 euros, los de registro, entre 150 y 300 y el del impuesto puede llegar a 4.000, siendo el más elevado. De ahí la relevancia de esta sentencia. Cabe recordar que al tratarse de un derecho del consumidor, la justicia considera esta acción imprescriptible, por lo que no hay fecha tope para reclamar estos gastos de constitución de hipoteca.