La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año y dos meses de prisión impuesta a un teniente por cazar conejos y jabalíes en el polvorín de El Vacar y emplear para ello equipo de combate, como gafas de visión nocturna. El fallo también confirma la pena de diez meses para el capitán de la unidad por permitirlo.

El Tribunal Militar Territorial Segundo consideró probado que entre 2008 y 2010 los dos procesados estaban destinados en la Batería de Municionamiento, como se denomina el polvorín radicado en el acuartelamiento de El Vacar. El capitán, como máximo responsable de la unidad, estableció un plan de seguridad que definía una zona prohibida, por comprender el almacenamiento de explosivos y municiones, y fijaba la necesidad de hacer patrullas diarias con el uso de perros. No obstante, durante esos años, excepto un periodo en el que participó en una misión en Kosovo, el teniente, que por entonces era subteniente, "practicó en varias ocasiones la caza" en distintas zonas del acuartelamiento --incluso la prohibida--, aprovechando los días que estaba designado como oficial de servicio, que conocía dónde no había cámaras y sensores, y utilizando para ello, además, material militar de la unidad como gafas de visión nocturna y vehículos todoterreno Aníbal.

Según la sentencia, el militar cazaba unas veces solo y otras en compañía de personal civil, como el entonces adjudicatario de contratos para el mantenimiento de las instalaciones del polvorín, su hermano y sus dos hijos. En todas las ocasiones, el subteniente ordenaba que las patrullas no transitasen por las zonas donde iba a cazar y que se retirasen los perros guardianes. Asimismo ordenaba que no se anotase la entrada de los civiles al acuartelamiento.

Así las cosas, "la actividad cinegética del subteniente" era bien conocida en la unidad. En una ocasión, dos soldados de una patrulla vieron dos fogonazos y acudieron al lugar, encontrando allí con una escopeta de caza en la mano al mando, que inmediatamente les dijo que se marcharan, "que le estaban espantando los bichos". El otro procesado, el capitán, también conocía los hechos, pero los "toleró". Así, el ahora teniente es condenado por un delito de extralimitación en el ejercicio del mando y el capitán, por incumplimiento de los deberes.