La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un hombre a una pena de cinco años de prisión como autor de un delito de abusos sexuales cometidos sobre su hija de ocho años. Además, se le impone la prohibición de comunicar con la pequeña por cualquier medio y de aproximarse a ella durante cinco años, y se le priva de la patria potestad por el mismo periodo.

Según se considera probado en la sentencia, en fechas no determinadas, pero en cualquier caso durante el periodo comprendido entre finales del 2014 y octubre del 2015, el acusado, aprovechando que su hija se encontraba dormida en la habitación y que su esposa estaba en el salón viendo la televisión o «dormitando» en el sofá, «se la llevó en dos ocasiones al dormitorio de matrimonio para acostarla junto a él en la cama». Una vez allí la despertaba y, «con evidente ánimo libidinoso, le realizaba tocamientos en su zona vaginal». Asimismo, «requería a la niña para que le masajeara sus genitales, a lo que esta accedía por miedo a la reacción que pudiese tener su progenitor». La sentencia añade que no consta que la menor haya sufrido alteraciones físicas, psíquicas o conductuales como consecuencia de los hechos ocurridos.