La titular del juzgado de lo Penal cuatro de Córdoba ha dictado una sentencia en la que absuelve a un acusado de un delito de ordenación del territorio al considerar que la vivienda que levantó se encuentra "en un núcleo residencial ilegal, pero consolidado por el transcurso del tiempo y las numerosísimas construcciones, más de cien, de la más diversa tipología".

El procesado --para quien el fiscal solicitaba una pena de dos años de cárcel y multa de 60.000 euros-- construyó en el año 2007 una estructura de casa destinada a vivienda en una parcela de su propiedad situada en La Perla, "una zona de urbanización consolidada con servicios públicos, así como luz y agua en la parcela en el momento en que la compra en años anteriores".

La magistrada cita varias sentencias y criterios de la Audiencia Provincial de Córdoba y se fija en el bien jurídico protegido. En este caso considera que la vivienda objeto de la acusación "no ha incidido en un plus de degradación del territorio, del suelo, de la naturaleza o del paisaje" y añade en la sentencia que ese asentamiento de viviendas y ámbito territorial "no supone plus de gravedad que sitúe la infracción administrativa urbanística en la esfera del derecho penal".