La titular del juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha absuelto a un empresario chatarrero acusado de dos delitos contra la Hacienda Pública por defraudar, supuestamente, en torno a 800.000 euros, ya que la magistrada considera que no ha quedado probado que, como sostenía el ministerio fiscal, aprovechara la emisión de facturas falsas para no pagar el IVA.

El ministerio público mantenía que, en 2002 y 2003, el acusado se dedicaba a la compraventa al por mayor de chatarra y metales a través de tres sociedades, aunque en realidad eran una sola unidad económica, compartiendo el mismo inmovilizado, las mismas existencias e instalaciones. A través de estas empresas, sostenía el fiscal, el empresario habría obtenido «indebidamente» devoluciones del IVA. Para ello aprovecharía «la creación de un entramado de empresas no reales, puesto que no concurrían en el mercado de la chatarra, cuya única o principal actividad era firmar facturas que no correspondían a la realidad». De este modo, continuaba el escrito del ministerio fiscal, se aprovecharía «el mecanismo del impuesto: repercusión del empresario que realiza la entrega de bienes y deducción del destinatario de los mismos», obteniendo para cada una de las empresas «importantes deducciones del impuesto: devoluciones de la Agencia Tributaria o una reducción sustancial de la cuota que tendría que ingresar». Por todo, le pedía cinco años de prisión y multas de más de dos millones de euros.

Sin embargo, la magistrada señala ahora en la sentencia que no queda acreditado que las sociedades implicadas no realizaran la compra efectiva de los materiales que las facturas reflejaban, como «tampoco queda probado que las sociedades mercantiles de las que el acusado era administrador único hayan utilizado de manera consciente a las empresas proveedoras como meras expedidoras de las facturas con el solo fin de deducirse indebidamente el IVA correspondiente a los ejercicios 2002 y 2003».