El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha declarado «nulo de pleno derecho» el plan de protección del corredor litoral aprobado por el Gobierno andaluz el 26 de mayo del 2015, al encontrarse entonces en funciones y adoptar una decisión con «orientaciones políticas» sin haber «urgencia». En la sentencia, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA estima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Barbate contra este planeamiento, si bien el mismo fue recurrido por varios municipios. El consejero de Medio Ambiente, José Fiscal, anunció ayer que recurrirá la sentencia.

Ante las denuncias, la Junta alegó que concurrían razones de urgencia para la aprobación del plan porque expiraba el plazo de dos años y seis meses para elaborarlo y señaló que esta decisión forma parte de «asuntos ordinarios» que los gobiernos en funciones pueden seguir adoptando, ya que el planeamiento no contiene «valoraciones y decisiones en las que entren criterios políticos».

Sin embargo, en su sentencia, el TSJA considera que el plan aprobado «implica de manera palmaria el establecimiento de una nueva orientación política en la medida en que dicho plan se aparta consciente y públicamente» de los planes de orientación subregional existente y del propio Plan de Ordenación Territorial de Andalucía, «alterando radicalmente los objetivos y la finalidad de la política territorial en el litoral, modificando sustancialmente las directrices».