El Tribunal Supremo ha ordenado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) volver a juzgar al exconsejero de Cultura de la Junta Luciano Alonso, absuelto de prevaricación, por falsedad en documento público en el nombramiento de altos cargos, tras estimar parcialmente el recurso del fiscal. En una sentencia, el Supremo ratifica el fallo del TSJA que absolvió a Alonso de prevaricación en el nombramiento de los directores del Centro Andaluz de Flamenco y de la Filmoteca de Andalucía, si bien ordena al alto tribunal andaluz juzgarle por un presunto delito de falsedad en documento público, que la Fiscalía añadió en sus conclusiones definitivas, pero el TSJA lo desestimó. La Fiscalía recurrió ante el TS, que ha estimado parcialmente su recurso en cuanto a la no inclusión del delito de falsedad en documento público introducido en sus conclusiones finales y ordena al TSJA repetir el juicio contra Alonso a partir de ese momento. Mientras ratifica la absolución del exconsejero por un delito de prevaricación al considerar, al igual que el TSJA, que no está probado que interviniera activamente en los tres nombramientos «para beneficiar a personas relacionadas con el PSOE» ni con las que tenga amistad ejerciendo «presión» o «enchufe» para su selección.

Alonso dijo ayer en un comunicado que, tras la sentencia del Tribunal Supremo, «ha quedado aclarado definitivamente que nunca cometí el delito de prevaricación por el que fui acusado». Alonso señaló que la sentencia del Supremo «desestima el recurso del fiscal en relación al delito de prevaricación».