El Consejo de Gobierno de la Junta acordó ayer autorizar la interposición del recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el real decreto de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, una medida que la consejera de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, justificó al entender que la norma estatal invade o lesiona dos artículos de la Carta Magna y cuatro del Estatuto de Andalucía.

Durante su comparecencia al término de la reunión del Consejo de Gobierno, Montero desgranó que el decreto del Ejecutivo de Rajoy "es inconstitucional tanto en el fondo como en la forma", toda vez que no garantiza "el derecho a la protección de todos reconocido en la Carta Magna", con lo que "se pasa de ser ciudadanos titulares del derecho a la salud a ser asegurados y beneficiarios de un servicio".

En su opinión, el Gobierno central "penaliza con motivo de la situación económica a los sectores más desfavorecidos", al "vulnerar" y "no garantizar" el derecho a la protección de la salud de sectores como los inmigrantes y la población pensionista.

En concreto, Montero denunció que, a juicio del Gobierno andaluz, el artículo 1 de la norma estatal cambia el concepto de ciudadanos con derecho a la salud por el de asegurados o beneficiarios, "atentando así contra uno de los principios básicos de la Carta Magna" recogido en su artículo 43.

ATAQUE AL ESTATUTO Asimismo, Montero entiende que el artículo 1 del real decreto invade competencias de la comunidad autónoma andaluza y vulnera diversos preceptos recogidos en el Estatuto de Autonomía, como los relativos al derecho a la protección de la salud (que se extiende a todas las personas con vecindad administrativa en Andalucía) o la prohibición de cualquier discriminación en el ejercicio del mismo, "particularmente la ejercida por razón de sexo, orígenes étnicos o sociales, lengua, cultura, religión, ideología, características genéticas, nacimiento, patrimonio, discapacidad, edad, orientación sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

En su acuerdo de autorización del recurso, el Consejo de Gobierno señala que el decreto elimina el espacio de desarrollo normativo que corresponde a las comunidades autónomas y vulnera las competencias reconocidas en el Estatuto al centralizar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social el reconocimiento y control de la condición de beneficiario o asegurado.

Respecto a la prestación farmacéutica, la norma estatal también vulnera la distribución de competencias entre la Administración central (establecimiento de las bases y la coordinación general de la sanidad) y la comunidad autónoma, que en virtud del artículo 55.2 del Estatuto de Autonomía tiene atribuciones exclusivas en materia de regulación de la actividad farmacéutica. En este sentido, el real decreto incluye normas sobre los medicamentos que tiene que dispensar el farmacéutico sin dejar margen para la comunidad.

A juicio de la Junta, el decreto impacta sobre la organización al establecer que el Estado pueda imponer a las comunidades, de forma unilateral, un sistema de integración del personal.