La Consejería de Fomento y Vivienda propone en su nuevo Plan Marco de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía que las viviendas protegidas, una vez que sean calificados definitivamente, mantengan su régimen de forma permanente y no podrán ser objeto de descalificación. En la actualidad, los propietarios de una vivienda protegida en Andalucía podían venderla en el mercado libre a los diez años de la compra, siempre que se cumplieran algunas condiciones como la de haber residido de forma permanente durante los últimos cinco años y pagando su liberalización (devolviendo las ayudas públicas). Esta medida, regulada en Parlamento andaluz en el 2006, tuvo una fuerte contestación en la calle y obligó en aquel momento a la Junta a librar un duro pulso con miles de propietarios.

La Consejería de Fomento y Vivienda presentó el pasado miércoles al Consejo de Participación, donde se encuentras los agencias sociales y económicos, el plan marco a partir del cual se concretará el próximo Plan de Vivienda y Rehabilitación. En el borrador de decreto, consultado por Europa Press, se contempla un apartado específico de regulación sobre vivienda protegida, tanto las de nueva construcción, como las ya existentes, y los alojamientos protegidos.

Los destinatarios de VPO de nueva construcción serán las unidades familiares cuyos ingresos anuales no superen 4,5 veces el Iprem y cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo y en el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad. Hasta ahora el límite estaba en el 5,5 del salario mínimo (unos 6.400 euros).

Se calificarán de régimen especial las adquisiciones por unidades familiares con ingresos de hasta 2,5 veces el Iprem. Estos destinatarios de alojamientos protegidos serán personas en riesgo de exclusión social debidamente acreditada mediante los servicios sociales de los ayuntamientos.

En cuanto a las viviendas y alojamientos protegidos ya construidos, se contempla que las viviendas protegidas calificadas para la venta podrán cederse en alquiler en una serie de supuestos, relacionados con la coyuntura económica. Los propietarios interesados en ceder su vivienda en alquiler deberán obtener autorización previa de la Consejería y, en su caso, devolver las ayudas.

El plan marco contempla que no se exigirá la devolución de las ayudas recibidas para la adquisición de vivienda en los supuestos de transmisión de la propiedad o el uso siempre que "la vivienda haya sido objeto de dación al acreedor o de transmisión mediante procedimiento de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial; que todos los miembros de la unidad familiar estén desempleados; que los ingresos de la unidad familiar hayan disminuido en más de un 40% de los que se estimaron para la concesión de las ayudas; o que se modifiquen las condiciones de los préstamos regulados en los distintos planes de vivienda".

El futuro plan priorizará ante todo el alquiler y adoptará medidas contra la infravivienda.