El Gobierno andaluz aprobó ayer el proyecto de ley para la protección de los derechos de los consumidores en la contratación hipotecaria, que pretende luchar contra los abusos en la concesión de estos créditos y defender al usuario. Este proyecto fija una serie de sanciones para las entidades bancarias que impongan cláusulas abusivas en la concesión de hipotecas y contra los notarios que no adviertan de ellas a los consumidores.

El endurecimiento del régimen sancionador recogido en la vigente Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía prevé sanciones para infracciones muy graves de hasta un millón de euros y el décuplo del valor de los beneficios ilícitos obtenidos o de los perjuicios causados. "Hemos pasado del concepto de vivienda como mercancía a la vivienda como derecho", apostilló el vicepresidente del Gobierno andaluz, Diego Valderas, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

"Nos ponemos del lado de la familia y de los más vulnerables y queremos acabar con el desequilibrio que supone que las entidades financieras fijen las condiciones y los consumidores las acatan", subrayó Valderas.

La ley desarrolla las competencias en materia de consumo para mejorar la transparencia de las comunicaciones comerciales y la publicidad; reforzar la protección de los prestatarios y de los avalistas, promover fórmulas voluntarias de mediación extrajudicial de conflictos e instituir el denominado contrato hipotecario de confianza, con la garantía de la Junta y de las asociaciones de consumidores.

DOCUMENTOS ADICIONALES Esta iniciativa crea dos documentos hipotecarios adicionales a los exigidos por la norma estatal: el de información precontractual complementaria, que deberá estar disponibles para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera, sin que sea preciso solicitarlos, y el de información personalizada complementaria, que recogerá una tabla de oscilaciones de los tipos de interés.

También se obliga a facilitar información básica sobre el tipo de interés con referencia a una hipoteca de 150.000 euros a 25 años, así como a que las entidades adviertan en sus hipotecas de la existencia de cláusulas suelo y techo; del posible riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimientos, de si la garantía alcanza al resto de bienes del consumidor y de si las condiciones ofertadas están vinculadas a la contratación de servicios adicionales. La futura ley impide que las entidades obliguen a los usuarios a contratar otros productos no hipotecarios, como seguros de vida o de la propia casa.

En cuanto a la escritura pública, el consumidor tendrá derecho a examinar y disponer de una copia de la escritura en el despacho del notario, que deberá contener informaciones de relevancia económica y financiera para el interesado.