El Consejo de Gobierno andaluz aprobó ayer el proyecto de Ley de Tanteo y Retracto en Desahucios de Vivienda, que lo amplía a las viviendas libres, las cuales deben reunir las características de la vivienda de protección oficial y los afectados deben estar en una situación socio-económica difícil.

El consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López, explicó al término del Consejo de Gobierno que esta ley permite a la Junta el ejercicio de compra preferente en las viviendas afectadas por desahucios y, de esa forma, garantiza la permanencia de las familias a cambio de un alquiler social. En unos cuatro años podrían pasar mediante estos procesos al parque público de la Junta unas 200 viviendas y la Junta dedicará un presupuesto de cuatro millones al año para hacer frente al ejercicio de tanteo y retracto.

Hasta ahora la Junta ejercía esos derechos en los casos de la vivienda protegida y desde 2005 ha ejercitado el retracto en unas 300 viviendas, si bien con esta nueva ley lo amplía a la vivienda libre aunque con características similares a las protegidas.

El consejero aseguró que la ley está lo «suficientemente blindada como para que el Gobierno del PP no la recurra» y apeló a la «mínima sensibilidad social» del Ejecutivo. Asimismo, destacó que con esta nueva norma Andalucía se sitúa entre las regiones de España más avanzadas en la lucha contra los desahucios y la defensa del derecho a la vivienda y señaló que esta normativa completa las herramientas y normas de las que se ha dotado la Junta en los últimos años en esta materia.

SANCIONES / Además, la nueva norma modificará la Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y Suelo para reforzar las sanciones en casos de incumplimientos por parte de los promotores de viviendas protegidas y también de los adjudicatarios. El proyecto introduce como sanción grave, con multas de entre 3.001 y 30.000 euros, si el adjudicatario de una vivienda protegida no la ocupa como domicilio habitual y permanente en el plazo previsto y también en el caso de que los promotores o personas jurídicas la mantengan vacía sin causa justificada durante tres meses, entre otros incumplimientos.

Tras pedir rigor en el uso de los datos de desahucios porque en las estadísticas oficiales no están desagregados por tipo de inmuebles, el consejero cifró la incidencia de los desahucios por cada mil habitantes en 1,19 en Andalucía frente a 1,33 en España y las ejecuciones que acaban en lanzamiento suponen el 42,9% en la comunidad andaluza frente al 54,6% de España.

El tanteo y el retracto se realizarán en los procesos de dación en pago, mientras que para los procedimientos de ejecución hipotecaria se reserva solo el retracto, lo que implica intervenir al final del proceso una vez comunicado el desalojo y concluida la subasta judicial de la vivienda y su adjudicación. El proyecto de ley fija como precio de la vivienda el valor del crédito a extinguir, en el caso de las daciones en pago, y la cantidad estipulada como valor de transmisión por el instructor judicial mediante resolución. Además de este importe, la Junta abonará los costes asociados a la operación.