Que se preparen los homófobos para empezar a morderse la lengua. Con la nueva ley por la igualdad LGTBI, que entró en vigor ayer, las personas homosexuales, transexuales, bisexuales o intersexuales contarán con una nueva herramienta para hacer valer sus derechos y combatir la discriminación.

Según la portavoz del PSOE-A en la comisión de Igualdad y Políticas Sociales del Parlamento de Andalucía, Soledad Pérez, la ley marcará un antes y un después para las personas LTBI. «Uno de los problemas que existía hasta ahora era que a la hora de denunciar insultos o opiniones genéricas contra personas de este colectivo no había cobertura legal, salvo el delito de odio, que en los juzgados se aplica de forma restrictiva», señala. «Desde ayer ese tipo de insultos, que se dicen con demasiada facilidad, conllevarán sanciones administrativas».

Hablar a la ligera de las personas LGTBI, como se hace muy a menudo con más o menos intención, o permitir que en espacios públicos (desde un ayuntamiento a un gimnasio) se consientan insultos o vejaciones sin que esto conlleve penalización alguna podrá ser objeto de sanción contra quienes profieran los insultos o quienes no tomen medidas para evitarlos o condenarlos. «La no admisión en un bar a una pareja homosexual porque se dé un beso o vaya de la mano, por ejemplo, será objeto de sanción y podría cerrarse el local», explica Pérez, que recalca que «hay que defender la libertad de expresión, pero nunca hasta el punto de que esa libertad consienta la vejación o el insulto al otro». Los afectados podrán hacer uso de las hojas de reclamaciones para hacer constar tales infracciones, que seguirán su curso administrativo. Las faltas leves se castigarán con apercibimiento o multa de hasta 6.000 euros, las infracciones graves se penarán con multa de 6.000 hasta 60.000 euros, con la prohibición de acceder a ayudas públicas o el cierre temporal del servicio, actividad o instalación hasta 3 años; y las muy graves con multas de hasta 120.000 euros con la prohibición de acceder a ayudas públicas hasta el cierre temporal del servicio, actividad o instalación de hasta 5 años. Por cierto, que usar expresiones vejatorias por razón de orientación sexual de forma reiterada en un medio de comunicación, en las redes sociales o en un servicio público, por ejemplo, se considera falta grave.

Las entidades que representan a los colectivos LTBI creen que Andalucía da con esta ley «un importante paso adelante». Agustín Martín, vicepresidente de Todes Transformando (TT Córdoba), confía en que «a este paso le sigan otros pasos para dar desarrollo completo a la ley». Se refiere, por ejemplo, a la constitución del Consejo Andaluz LGTBI, a quien se confiere la potestad de actuar como observatorio y asesorar en las medidas más adecuadas para garantizar la diversidad sexual y combatir la discriminación en todos los ámbitos, desde la educación a la sanidad o la empresa. La ley no solo ampara a las personas LGTBI sino a su entorno familiar y aplica las mismas sanciones en caso de vejaciones, por ejemplo, a los hijos de familias homoparentales». Todas estas medidas son de aplicación en Andalucía.

EFECTO DISUASORIO / Para Martín, «las sanciones son importantes porque tienen un efecto disuasorio, pero lo que esperamos que realmente cambie la sociedad a medio o largo plazo son las medidas que se adopten en el ámbito de la educación». Desde TT Córdoba señalan que, aunque se dan casos, cada vez más aislados, de profesionales de la salud o la educación que insisten en la discriminación (llamando, por ejemplo a los chicos transexuales por su nombre anterior), «en muchos casos hay desconocimiento sobre lo que se debe hacer para combatir casos de acoso o defender la igualdad de trato». Efectivamente, los tiempos están cambiando, así que a las mentes cerradas no les queda otra que ir abriendo los ojos a la realidad.