El juzgado de instrucción 4 de Sevilla denegó ayer la suspensión cautelar del proceso de elecciones primarias del PSOE-A, como había solicitado uno de los candidatos, el alcalde de Jun, José Antonio Rodríguez. Rodríguez, que está haciendo una campaña para conseguir los avales volcándose en las redes sociales, acudió a los tribunales para paralizar las primarias exprés porque cree que el proceso vulnera el sufragio pasivo (la posibilidad de concurrir a unas elecciones), porque la dirección regional le niega el censo de militantes y porque el reglamento de las primarias no admite los avales recopilados vía internet.

Según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Rodríguez acudió ayer temprano al juzgado a recoger el auto, que rechaza la paralización de las primarias. El alcalde de Jun eludió hacer pública la resolución del juez cuando los periodistas se la demandaron, pero a través de su cuenta de Twitter informó de que el auto "dice que prosigamos el procedimiento por la vía ordinaria", un camino que "provocará irremediablemente la nulidad de las primarias". Rodríguez aseguró que el juez "reconoce que el órgano competente para convocar las primarias es el Comité Federal del PSOE y no el regional". "Así, en el procedimiento ordinario esa incompetencia provocará irremediablemente la nulidad de las primarias", interpreta el alcalde de la localidad granadina. Rodríguez afirmó que el juzgado "tiene por no acreditada la negativa del PSOE a aceptar los avales electrónicos cuando es pública y notoria la negativa de la ejecutiva".

Rodríguez tiene previsto presentar una demanda judicial pasado mañana para lograr que se anule la convocatoria de primarias, sin embargo, es difícil que la resolución de un juzgado llegue antes de que se produzcan los comicios. El proceso para elegir al próximo candidato del PSOE-A a la Junta está previsto para el 29 de julio, aunque el próximo miércoles 17 es la fecha tope para que los candidatos presenten los 6.860 avales necesarios para las primarias.