El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 9 de Andalucía, con sede en Jaén, ha desestimado el recurso del exconcejal de Jaén en Común Andrés Bódalo --en prisión desde el pasado marzo por la agresión en el año 2012 al teniente de alcalde de Jódar (Jáen) en una protesta que reclamaba peonadas para acceder al subsidio agrario--, ya que «no asume la gravedad de la conducta».

En el auto, el juez explica que para que se pueda proponer el tercer grado a un interno que no tenga cumplida la cuarta parte de su condena, como es el caso, deben concurrir determinadas variables, «valorándose especialmente el historial delictivo y la integración social del penado». H