El Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto para facilitar la participación de los trabajadores por cuenta ajena y del personal de la Administración de la Junta y sus agencias en las próximas elecciones al Parlamento Europeo. Dicha norma afecta a aquellas personas empleadas que, no disponiendo de día de descanso completo el próximo 25 de mayo, posean la cualidad de electoras o acrediten la condición de miembros de mesas electorales, interventoras o apoderadas, así como a las que se presenten como candidatas en el proceso electoral convocado.

En el caso de que la jornada laboral coincida con el horario de apertura de los colegios electorales, el decreto establece el derecho a permiso retribuido de cuatro horas si la coincidencia es superior a seis horas; de tres si la coincidencia es de cuatro a seis horas y de dos si es de dos a cuatro. Este derecho no se fija para los casos en que las jornadas laboral y electoral coincidan en menos de dos horas, según establece el decreto.

VOTO POR CORREO De acuerdo con la norma, el trabajador que preste sus servicios lejos de su domicilio o residencia habitual y opte por el voto por correspondencia tendrá derecho a los citados permisos para poder formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo electoral, así como para la remisión del voto por correo.

Por su parte, el trabajador que acredite su condición de presidente, vocal o interventor de mesa electoral tendrá derecho a un permiso retribuido de jornada completa si no dispone de día de descanso el 25 de mayo, así como a una reducción de cinco horas en la jornada del 26 siempre que justifique su actuación.