Ana Julia Quezada, autora confesa de la muerte violenta del niño de ocho años Gabriel Cruz en Níjar (Almería) en febrero, conoció ayer que será enjuiciada por un jurado popular y que está procesada por la presunta comisión de delitos de asesinato y contra la integridad moral, pero no por el delito de detención ilegal que hasta ahora se le imputaba. Así lo indicó el juez instructor de la causa penal, el magistrado Rafael Soriano, quien precisó que se espera que la investigación en torno al crimen pueda estar concluida «a finales de año». Si bien el juez no aclaró el porqué del sobreseimiento del delito de detención ilegal por el que también estaba investigada Quezada, fuentes judiciales detallaron que este queda «subsumido» en el delito de asesinato.

Durante la comparecencia en dependencias del Juzgado de Instrucción 5 de Almería, que no se prolongaron más allá de una hora, Ana Julia Quezada conoció cuáles son los hechos que consideran acreditados las partes que están personadas en la causa, al tiempo que se le informó de que tanto Ministerio Fiscal como acusaciones particular y popular le atribuyen el subtipo agravado del delito de asesinato previsto en el artículo 140 del Código Penal y penado con la prisión permanente revisable. Mientras que la asociación Clara Campoamor y los abogados de los padres del pequeño Gabriel sí consideran que, además, hay ensañamiento, la Fiscalía no lo aprecia así y solo estima que existe alevosía.

Con respecto al comportamiento que mantuvo Ana Julia durante los 13 días en los que se mantuvo activo un amplío operativo de búsqueda del niño con respecto a Ángel Cruz y a Patricia Ramírez, el Ministerio Público considera que habría incurrido en dos delitos de lesiones psíquicas mientras que la acusación particular lo califica como dos delitos contra la integridad moral.

Según explicó la delegada en Andalucía de la asociación Clara Campoamor, Patricia Catalina López, este colectivo solo va a acusar por el presunto delito de asesinato, el cometido directamente sobre el menor, y no por el «daño moral» causado por Ana Julia Quezada a sus padres, «quienes -ha remarcado- están perfectamente representados por sus abogados y el Ministerio Fiscal».

López sí adelantó, tras precisar que encuadra la muerte violenta de Gabriel Cruz en los artículos 139.1, 139.2 y 140.1 del Código Penal, que va a interesar la pena de prisión permanente revisable para la única procesada. «Los hechos que presuntamente ha cometido son verdaderamente atroces y creemos que hay ensañamiento y, por supuesto, subtipo agravado», remarcó.

El letrado que ejerce la defensa, Esteban Hernández Thiel, cuestionó ayer que un jurado popular pueda juzgar «con imparcialidad» a la autora confesa y trasladó que estudian recurrir el auto de procesamiento para que sea enjuiciada por un tribunal profesional. «Entendemos que un jurado popular conculcaría su derecho a un proceso con todas las garantías dada la enorme repercusión mediática del caso». Asimismo, mostró su disconformidad con la calificación de los hechos como asesinato del subtipo agravado y, por tanto, penado con la prisión permanente revisable, y apuntó que entiende que se trataría «de un homicidio imprudente o un homicidio».